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Preguntas frecuentes del Programa judicial de mentor

La oficina del gobernador quiere expandir el grupo de solicitantes judiciales calificados de diversos antecedentes legales y comunidades. Cree que este programa puede ayudar a alentar a los posibles solicitantes a completar el proceso de solicitud, en particular a aquellos que pueden eliminarse por sí mismos del proceso de solicitud.

La corte asignará a los aprendices admitidos a un juez mentor. El juez mentor ayudará a desmitificar el proceso de nombramiento judicial, responderá preguntas sobre la solicitud judicial y el proceso de investigación, y sugerirá nuevas habilidades y experiencias para mejorar la idoneidad del aprendiz para el nombramiento.

Tiene que presentar una solicitud. Si cumple con los requisitos a continuación, descargue una solicitud.

No, las solicitudes se aceptan de forma continua. Las asignaciones se realizarán de dos a cuatro veces al año. El período de mentoría tendrá una duración de 12 meses o hasta la presentación de una solicitud judicial, lo que ocurra antes.

Los aprendices del Programa judicial de mentor tienen que poseer las siguientes cualificaciones:

  • Haber ejercido la abogacía en el estado de California durante al menos nueve años,
  • Estar en buenos términos con el Colegio de Abogados del estado de California, y
  • Estar comprometido con el servicio público.

Se alienta especialmente a que se postulen aquellos con antecedentes legales y comunidades subrepresentadas en el poder judicial.

El programa considerará áreas comunes de la práctica legal, membresías de colegios de abogados afines y otros factores al hacer las asignaciones de aprendiz/mentor. No hay garantía de que a los aprendices se les asigne un juez mentor en particular cuyos intereses se alineen estrechamente con los de ellos.

No necesariamente. Los aprendices serán evaluados por su elegibilidad para el programa y asignados según la disponibilidad de mentores judiciales.

No. Este programa está diseñado para abogados que aún no han presentado una solicitud de nombramiento judicial.

El programa no pretende reemplazar ningún programa existente o relación anterior. La participación en el Programa judicial de mentor debe complementar esos esfuerzos.

Recibirá un correo electrónico del Comité del Programa judicial de mentor.

No. El programa no está diseñado para dar ventaja a ciertos solicitantes para el nombramiento. Los solicitantes que no participen en este programa no están en desventaja. No se espera que los mentores judiciales asignados sirvan como referencias personales para los aprendices. La participación tampoco es un respaldo de un candidato por parte de la Corte Superior del condado de Alameda.

Sí. Los miembros del Comité Asesor de Selección Judicial del Gobernador (JSAC, por sus siglas en inglés) no servirán como mentores.

Envíe sus preguntas por correo electrónico a judicialmentors@alameda.courts.ca.gov.

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