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10 de julio de 2001

COMUNICADO DE PRENSA 10 de julio de 2001 PARA SU PUBLICACIÓN INMEDIATA JURADO DE ACUSACIÓN PARA EL AÑO FISCAL 2001-02

La Corte Superior de California, condado de Alameda, anuncia a los miembros del jurado de acusación del condado de Alameda. Harry Sheppard, juez supervisor del Palacio de Justicia de Gale/Schenone y juez presidente electo de la Corte Superior de California, condado de Alameda, tomaron el juramento para el cargo de los miembros el 28 de junio de 2001. De conformidad con las disposiciones del Código Penal 901 (b), se volvió a nombrar a nueve miembros del jurado de acusación de 2000-2001. Los miembros del jurado de acusación de 2001-2002 se mencionan a continuación:

Nuevamente nombrados Keith Boyer, Castro Valley Joel D. Flood, Berkeley Levolia Hudson, Oakland Charles J. Kadlecek, Castro Valley Richard D. McDonald, Hayward LaVon Neveau, Hayward Henry J. Perry, Oakland Nathan Shoehalter, Berkeley James C. “Jim” Snell, Fremont Miembros nuevos seleccionados por sorteo Nathaniel Bornor, Oakland Lillian L. Frazier, Hayward Leo Gaspardone, Berkeley Carl D. Jaramillo, Newark Carl McCane, Oakland Kathy Pearson, San Leandro John J. “Patrick” Regan III, Castro Valley William Samsel, Berkeley Ellen Turinsky, San Leandro Wayne Zimmerman, Sunol Funciones del jurado de acusación Relación con la corte

El jurado de acusación es una entidad judicial. La sección 888 del Código Penal define un jurado de acusación como “Un organismo con el número requerido de personas presentadas por los ciudadanos del condado ante una corte de jurisdicción competente…”.”. El jurado de acusación es un "organismo judicial", "un instrumento de las cortes de este estado". El jurado de acusación forma parte de la corte por la cual es convocado y está bajo el control de la corte. El jurado de acusación actúa como parte integral del sistema de la corte, sujeto a la supervisión general de la corte.

La acusación

La primera función del jurado de acusación es sopesar los cargos penales y determinar si deben presentarse las acusaciones.

La acusación

La segunda función del jurado de acusación es sopesar las alegaciones de mala conducta contra los funcionarios públicos y determinar si deben presentarse acusaciones formales solicitando su destitución del cargo.  

El informe

Una tercera función del jurado de acusación es actuar como “guardián” del público investigando e informando sobre los asuntos del gobierno local. La persona de contacto para este comunicado informativo es Barbara J. Fox, funcionaria ejecutiva adjunta principal al (510) 272-6504.

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