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Cerrar y distribuir el patrimonio

Transferencias de la propiedad al morir y cómo planificar su vejez

Información y preguntas frecuentes

En esta sección, puede encontrar información y respuestas a las siguientes preguntas: 

El representante personal puede presentar una cuenta final y una petición de distribución cuando haya suficientes fondos disponibles para pagar todas las deudas e impuestos, haya vencido el tiempo para presentar los reclamos de los acreedores y el patrimonio esté en condiciones de cerrarse.

El representante personal tiene que presentar una petición de distribución final o un informe verificado sobre el estado del patrimonio en el plazo de un año después de la emisión de las Cartas (o 18 meses si se requiere una declaración de impuestos federales sobre el patrimonio).

El representante personal tiene que presentar una cuenta final, un informe y una petición para la distribución final, hacer que la petición se fije para una audiencia, dar aviso sobre la audiencia a las personas interesadas y obtener una orden de la corte que apruebe la distribución final. Si el representante personal quiere recibir una compensación por sus servicios, también se debe incluir una petición de honorarios en la petición de distribución final.

No es necesario presentar una cuenta final si todas las personas con derecho a la distribución del patrimonio firman una exención de la cuenta por escrito o un reconocimiento de la recepción de su parte del patrimonio por escrito.

Si el patrimonio no puede cerrarse en el plazo de un año después de la emisión de las Cartas (o 18 meses si el patrimonio tiene que presentar una declaración de impuestos federales sobre el patrimonio), el representante personal tiene que presentar un informe verificado sobre el estado del patrimonio.

El informe de estado tiene que mostrar la condición del patrimonio, las razones por las que no se puede cerrar y distribuir (por ejemplo, si hay un litigio en curso o una auditoría de impuestos sobre el patrimonio, o bienes inmuebles que tienen que venderse para pagar deudas u obsequios en efectivo), y el tiempo estimado necesario para cerrar el patrimonio.

El informe de estado se fija para una audiencia de la misma manera que cualquier otra petición testamentaria. Tiene que enviarse un Aviso de audiencia (formulario DE-120, del Consejo Judicial) a las personas interesadas en el patrimonio al menos 15 días antes de la audiencia.

El Aviso de audiencia tiene que incluir la siguiente declaración en letra negrita de no menos de 10 puntos con las siguientes palabras:

Usted tiene derecho a pedir una cuenta bajo la sección 10950 del Código Testamentario de California (en inglés). En la audiencia, la corte puede ordenar que el patrimonio permanezca abierto durante el tiempo y en las condiciones que la corte considere razonables si es lo mejor para el patrimonio y los beneficiarios, o la corte puede ordenar que el representante presente una petición de distribución final.

Si el representante no presenta un informe de estado, cualquier persona interesada en el patrimonio puede pedirle a la corte que obtenga un informe de estado, o la corte por moción propia puede requerir el informe y citar al representante personal en la corte para que lo cumpla.

El incumplimiento de la orden por parte del representante personal es motivo para que se revoquen sus cartas, y la corte también puede reducir su compensación si el tiempo de administración excede un año (o 18 meses si se requiere una declaración de impuestos federales sobre el patrimonio).

La Ley de California permite que tanto el representante personal como el abogado del representante personal cobren honorarios (denominados como honorarios establecidos por la ley) por los servicios ordinarios, calculados como un porcentaje del valor de tasación de la propiedad del patrimonio. La fórmula para calcular los honorarios es la siguiente, bajo la sección 10810 del Código Testamentario (en inglés):

El 4 % de los primeros cien mil dólares ($100,000), más el 3 % de los siguientes cien mil dólares ($100,000), más el 2 % de los siguientes ochocientos mil dólares ($800,000), más el 1 % de los siguientes nueve millones de dólares ($9,000,000), más la mitad del 1 % de los siguientes quince millones de dólares ($15,000,000).

Para todos los montos superiores a veinticinco millones de dólares ($25,000,000), una cantidad razonable será determinada por la corte. Si se presenta una contabilidad, la base de los honorarios utilizada para calcular los honorarios establecidos por la ley también incluye los ingresos recibidos durante la administración, más las ganancias sobre el valor de tasación de los bienes vendidos durante la administración, menos cualquier pérdida del valor de tasación de los bienes vendidos durante la administración.

Las hipotecas u otras obligaciones de deuda no se consideran al calcular la base de los honorarios.

Los desembolsos por deudas o gastos no se tienen en cuenta en el cálculo; tampoco se tienen en cuenta las ganancias o pérdidas no realizadas (como los valores que han aumentado o disminuido su valor desde la fecha de la muerte), pero solo si la propiedad se vende realmente.

Los honorarios establecidos por la ley están fijados por el estatuto y si se solicita, la corte no tiene criterio para reducir el monto de los honorarios, a menos que el representante personal haya retrasado injustificadamente el cierre del patrimonio o se le pueda cobrar un cargo adicional (sancionar) por otra mala administración del patrimonio. Sin embargo, cualquier honorario que se pague a un representante personal tiene que informarse en su declaración personal de impuestos sobre la renta como ingreso ordinario, por lo que el representante personal puede optar por no aceptar los honorarios si va a recibir una propiedad del patrimonio como herencia (que no cuenta como ingreso para el beneficiario).

Además, aunque el representante personal y el abogado del patrimonio tienen derecho al porcentaje establecido por la ley como pago de honorarios, el representante personal puede solicitar una cantidad inferior al porcentaje establecido por la ley y también puede negociar con el abogado para obtener honorarios reducidos, particularmente si el patrimonio no tiene complicaciones y solo tiene unos pocos bienes de gran valor (como una casa).

Sin embargo, cualquier acuerdo entre el representante personal y el abogado por una compensación mayor es nulo. Un abogado que actúe como representante personal y como abogado solo puede recibir un honorario, a menos que la corte apruebe por adelantado el pago doble. Esto también se aplica a los asociados o socios del abogado. Las personas que actúen como coalbaceas, tienen que dividir los honorarios entre ellas.

Se requiere una orden de la corte antes de que cualquier honorario pueda ser pagado al representante personal o al abogado. El reembolso de los gastos anticipados por el representante personal o el abogado, como las cuotas de presentación, las copias certificadas o los costos de publicación, se puede realizar sin una orden de la corte.

También se puede pagar una compensación adicional conocida como honorario extraordinario al representante personal y/o abogado del representante personal, por servicios extraordinarios en un monto que la corte determine que es justo y razonable. 

Algunos ejemplos de los tipos de servicios que se consideran extraordinarios y por los que se puede conceder una compensación extraordinaria son:
  • Ventas de bienes inmuebles, litigios de reclamos contra el patrimonio,
  • Litigios relacionados con la propiedad del patrimonio, preparación de ingresos y/o
  • Declaraciones de impuestos sobre el patrimonio y representación frente a las autoridades fiscales en las auditorías relacionadas con las declaraciones y disputas de testamentos. A diferencia de los honorarios establecidos por la ley, el pago de los honorarios extraordinarios no está garantizado y la corte tiene discreción
  • de decidir si se permite una compensación adicional, incluso cuando se presten servicios de carácter extraordinario.

Por ejemplo, la corte puede considerar que los honorarios establecidos por la ley, calculados en un patrimonio en el que el único bien era la residencia personal del difunto que se vendió por $1 millón, es una compensación razonable (los honorarios establecidos por la ley serían de $21,150), a pesar de que la venta de bienes inmuebles se considera un tipo de servicio por el que se puede conceder una compensación extraordinaria. 

El representante personal está obligado a presentar una contabilidad de las transacciones financieras que se han producido en la administración del patrimonio, a menos que todas las personas con derecho a la distribución del patrimonio hayan firmado una exención de la cuenta por escrito o un reconocimiento por escrito de que la persona ha recibido su parte del patrimonio (por ejemplo, un recibo sobre una distribución preliminar).

Si todos los beneficiarios renuncian a una cuenta, el representante personal aún tiene que presentar un informe que incluya el monto de compensación solicitado por el representante personal y/o el abogado, y que establezca la base para calcular los honorarios.

Todas las cuentas presentadas en la corte tienen que incluir una declaración financiera y un informe de administración de acuerdo con las pautas específicas de las secciones 1060 a 1064 (en inglés) y 10900 (en inglés) del Código Testamentario. La cuenta tiene que indicar el período cubierto y contener un resumen, apoyado por listas detalladas, que muestre lo siguiente:

  • propiedad disponible al comienzo del período contable (es decir, el valor de inventario de todos los bienes);
  • el valor de los bienes recibidos durante el período contable, excluyendo la propiedad enumerada en un inventario;
  • recibos de ingresos, excluyendo los recibos de un comercio o negocio;
  • ingresos netos de un comercio o negocio;
  • ganancias por ventas;
  • desembolsos, excluyendo los desembolsos para un comercio o negocio y excluyendo la distribución a los beneficiarios;
  • pérdidas en las ventas;
  • pérdidas netas de un comercio o negocio;
  • distribuciones a los beneficiarios y
  • propiedad disponible al final del período contable, enumerando cada bien por su valor de tasación como se muestra en el inventario y la tasación.

En este sitio web se incluye un formulario de Resumen de cuenta de muestra.

La declaración financiera también puede incluir listas adicionales requeridas con fines informativos bajo las secciones 1061 y 1062 (en inglés) del Código Testamentario, si corresponden, tales como:

  • Una lista que muestre el valor de mercado estimado de los activos disponibles al final del período contable;
  • Una lista que muestre las adquisiciones u otros cambios en forma de bienes durante el período contable (excepto las transferencias de efectivo entre cuentas en instituciones financieras o fondos mutuos del mercado monetario);
  • Una lista que asigne los recibos y desembolsos entre el capital y los ingresos, si el patrimonio va a ser distribuido a un beneficiario de los ingresos;
  • Una lista que indique los ingresos, los desembolsos y las ganancias de la venta atribuible a las propiedad específicamente legada;
  • Una lista que muestre el cálculo de los intereses que se pagarán sobre donaciones específicas de dinero a un beneficiario, si se requiere bajo las secciones 12003, 12004, 12005 del Código Testamentario;
  • Una lista que muestre la distribución propuesta de los bienes del patrimonio a los beneficiarios, incluida una asignación entre fideicomisos testamentarios establecidos bajo el testamento del difunto o subfideicomisos creados bajo un fideicomiso en vida revocable establecido por el difunto durante su vida, y
  • Una lista de todos las deudas, incluidos los préstamos garantizados por los bienes del patrimonio, las obligaciones por impuestos adeudados, pero no pagados, los pagarés a cargo del patrimonio, los fallos por los que el patrimonio es responsable, o cualquier otra deuda importante (pero no las deudas que son gastos recurrentes, como el alquiler o los pagos de servicios públicos).

Las dos listas más importantes que tienen que adjuntarse al Resumen de la cuenta son la Lista de recibos y la Lista de desembolsos.

La Lista de recibos tiene que mostrar lo siguiente:
  • La naturaleza y propósito de cada elemento;
  • La fuente del recibo (dividendos de acciones, intereses, etc.); y
  • La fecha del recibo.

Los recibos se pueden enumerar cronológicamente o por categoría. Tiene que tener cuidado de enumerar solo los recibos de ingresos o de separar los recibos de ingresos y los de capital en columnas separadas (o enumerarlos en listas separadas).

Los recibos de capital incluyen elementos tales como cheques de reembolso, cheques no cobrados a la muerte del difunto, y generalmente consisten en bienes que el difunto poseía o tenía derecho a recibir hasta la fecha de la muerte, incluso si no se reciben hasta después de la fecha de la muerte (como los reembolsos), mientras que los recibos de ingresos representan el dinero que se gana por el patrimonio después de la fecha de la muerte por los bienes que pertenecen al patrimonio. Los bienes principales deben aparecer en un inventario y una tasación. El total de todos los recibos de ingresos debe aparecer en el lado de los cargos del Resumen de la cuenta.

La ganancia o pérdida es la diferencia entre el precio bruto de venta y el valor de tasación del bien, tal y como se muestra en el inventario y la tasación. Las ventas de bienes patrimoniales deben aparecer en una lista de Ganancias por ventas, si el bien se vendió por más de su valor de tasación, o en una lista de Pérdidas por ventas, si el bien se vendió por menos de su valor de tasación.

La lista debe enumerar tanto el precio de venta bruto como el valor de tasación y mostrar el cálculo para llegar a la ganancia o pérdida neta. La diferencia neta (el monto ganado o perdido en la venta), o el total de todas las ganancias y todas las pérdidas, si se vendieron varios bienes, debe incluirse en el Resumen de la cuenta. La Lista de pérdidas en ventas también enumera la propiedad incluida en el inventario que ya no está en posesión del representante y no se contabiliza de otra manera. Puede incluir la propiedad destruida por un incendio u otro siniestro que no esté totalmente cubierta por el seguro, o la propiedad perdida en un litigio.

El total de todas las ganancias por ventas debe aparecer en el lado de los cargos del Resumen de la cuenta. El total de todas las pérdidas por ventas debe aparecer en el lado de los créditos del Resumen de la cuenta.

Las ventas de bienes inmuebles son confusas porque el representante recibe con frecuencia un cheque por el monto neto de la venta, pero el dinero recibido no se considera un ingreso, sino una venta de un bien principal. La diferencia entre el valor de tasación de los bienes inmuebles y el monto bruto del precio de venta debe mostrarse en una lista de Ganancias por ventas.

Si se dedujeron del precio de venta al cierre del depósito algunos costos por la venta (como pagos de impuestos sobre la propiedad, comisiones de corredores, cuotas de registro, cuotas de preparación de documentos, etc.), esos elementos deben incluirse en la Lista de desembolsos.

Al igual que con los recibos, la Lista de desembolsos puede enumerarse cronológicamente por fecha o categorizarse por tipo de desembolso. Por lo general, se prefiere la lista cronológica, ya que es más fácil indicar el estado del patrimonio y los pagos realizados por el representante en una fecha determinada.

 

La Lista de desembolsos tiene que mostrar lo siguiente:
  • La fecha del desembolso;
  • El acreedor (a quien se le hizo el pago);
  • El propósito del desembolso (seguro, impuestos sobre los bienes inmuebles, cuotas de presentación, etc.); y
  • El monto del desembolso.

El total de todos los desembolsos debe incluirse en el lado de los créditos del Resumen de la cuenta.

La Lista de distribuciones debe incluir todo el efectivo o la propiedad que se ha distribuido a un heredero o legatario del patrimonio a través de una distribución preliminar. La lista tiene que incluir la fecha y el valor del bien distribuido según su valor de tasación.

La persona que recibe la propiedad también debe firmar un Recibo de distribución y presentarlo en la corte como prueba de que la propiedad fue efectivamente distribuida y recibida por la persona que tenía derecho a ella.

El total de todas las distribuciones debe incluirse en el lado de los créditos del Resumen de la cuenta.

La Lista de la propiedad disponible es importante porque representa toda la propiedad del patrimonio que queda en posesión del representante para ser distribuida. El representante debe verificar que la propiedad que aparece en la lista esté realmente disponible.

El efectivo disponible debe verificarse con el último extracto bancario al final del período contable. La descripción de otra propiedad (no monetaria) debe ser descrita utilizando la misma descripción incluida en el inventario y la tasación (excepto los bienes inmuebles que pueden ser identificados por el domicilio postal en la Lista de la propiedad disponible, pero la descripción legal completa tiene que estar incluida en el Fallo de la distribución final).

La propiedad debe identificarse por el número de artículo del inventario (y preferiblemente enumerarse en el mismo orden que el inventario y la tasación para facilitar la verificación), y deben enumerarse por el valor que aparece en el inventario y la tasación.

El representante debe cotejar el inventario y la tasación con las listas de cuentas para verificar que se hayan contabilizado todos los bienes que aparecen en el inventario y la tasación, ya sea a través de la venta, distribución o que el activo esté incluido en la Lista de la propiedad disponible.

El total de toda las propiedad disponible debe incluirse en el lado de los créditos del Resumen de la cuenta.

También se pueden requerir listas adicionales con fines informativos bajo las secciones 1061 y 1062 (en inglés) del Código Testamentario, como se ha indicado anteriormente. Los valores en dólares de estas listas no se incluyen en los cálculos del Resumen de la cuenta, aunque se deben enumerar las listas, si corresponde.

En todos los casos, se requiere una lista adicional que muestre el valor de mercado estimado de los bienes disponibles al final del período contable. El valor de mercado de los bienes se puede incluir en una lista separada o la información se puede enumerar en una columna separada en la Lista de la propiedad disponible.

Antes de que se pueda cerrar el patrimonio, el representante tiene que presentar una petición de distribución final. Esto generalmente incluye tres partes:

  • Una contabilidad (a menos que todas las personas con derecho a la distribución hayan firmado renuncias,
  • un informe de administración, consistente en un resumen completo de las acciones realizadas por el representante en la administración del patrimonio, en forma narrativa, y
  • una petición, solicitando a la corte que apruebe la contabilidad (si se presentó), apruebe la distribución de los bienes del patrimonio, además de cualquier asunto adicional que requiera la aprobación de la corte (como permitir honorarios al representante o al abogado).

La petición se prepara en formato de alegato legal, con un título que describe el contenido del documento; por ejemplo, cuenta primera y final e informe del albacea, petición para permitir pagar los honorarios establecidos por la ley y la distribución final.

Para dar otro ejemplo, si se han presentado renuncias a la contabilidad y no hay solicitudes de compensación, el documento podría titularse Renuncia de cuenta, informe de representante personal y petición de distribución final.

La petición es muy exhaustiva, y el representante tiene que tener cuidado de incluir toda la información relevante sobre la administración del patrimonio, las acciones tomadas durante la administración, la propiedad que queda disponible para ser distribuida y los nombres, domicilios y relaciones de los beneficiarios que van a recibir propiedad. En todos los casos, cuando se le distribuyen propiedad a un menor, se tiene que indicar la fecha de nacimiento del menor.

Incluso si se ha renunciado a una contabilidad completa de todos los recibos y desembolsos, la petición aún tiene que incluir una lista de la propiedad que queda disponible para su distribución (que tiene que describirse en detalle, incluidas las descripciones legales de los bienes inmuebles). La petición también tiene que incluir una verificación. 

La siguiente es una lista de algunos de los errores comunes que se cometen al preparar la cuenta final, el informe y la petición de distribución final:

  • No dar aviso como lo requiere la ley.
  • No poner la cuenta en la forma adecuada.
    • No incluir el resumen de cuenta en el formato requerido por las normas locales.
    • Utilizar una cifra inicial incorrecta.
    • Tener ingresos recibidos no detallados y no mostrar las fuentes de ingresos.
    • Tener desembolsos no detallados, sin mostrar la fecha de pago, a quién se pagó y con qué propósito.
    • Tener créditos reclamados indebidamente.
  • Falta de descripción del carácter de los bienes disponibles para la distribución, es decir, propiedad separada, comunitaria o cuasi comunitaria.
  • No enumerar ni describir todos los bienes disponibles para su distribución, ya sea en el cuerpo de la petición o en una lista o adjunto incorporado, ya sea que se haya renunciado o no a una cuenta.
    • Proporcione las descripciones legales y los números de parcela del tasador de todos los bienes inmuebles.
    • La referencia a la propiedad descrita en el Testamento o en el inventario y la tasación son insuficientes.
  • No indicar específicamente el modo de distribución del patrimonio.
    • Designe a los herederos intestados y muestre las relaciones.
    • Indique los hechos relacionados con cualquier descargo de responsabilidad y sus efectos.
    • Presente las asignaciones, si las hay, a la corte para su revisión.
    • Describa las distribuciones preliminares y la fecha de presentación de las órdenes.
    • Si el Testamento se refiere a partes fraccionarias o porcentuales para dos o más beneficiarios, indique los cómputos y montos a distribuir a cada beneficiario.
    • Siga los términos del Testamento en cuanto a la disposición de los bienes; explique las reducciones, revocaciones u otras circunstancias inusuales.
  • No describir la actividad de los reclamos de los acreedores ni enumerar la disposición de todos los reclamos.
  • No detallar los reclamos de los acreedodes en los patrimonios insolventes, mostrando la clase a la que pertenece cada uno y el prorrateo adecuado de los bienes restantes entre los acreedores, o el pago de las deudas para las que no se presenta ningún reclamo.
  • No incluir el cálculo de la compensación establecida por la ley del representante y el abogado, se renuncie o no a una cuenta.
    • Declare los pagos permitidos en la cuenta de compensación.
    • Si se renuncia a la cuenta, respete la regla 7.550 (en inglés) de las Reglas de la corte de California relativa al patrimonio que tiene que contabilizarse para determinar la base del honorario.
    • Si han intervenido varios representantes o abogados en la administración del patrimonio, se requiere el aviso al representante o abogado de la audiencia anterior sobre la distribución final o la presentación de un acuerdo sobre la división de los honorarios.
  • No incluir en el encabezamiento de la petición, la solicitud y el aviso de la audiencia referencias a la solicitud cuando se piden honorarios extraordinarios.
  • Cuando la distribución se realice a un fideicomiso testamentario, no incorporar los términos del fideicomiso en la orden de distribución de manera que se hagan efectivas las condiciones existentes en el momento en que se ordena la distribución. No expresar las disposiciones pertinentes en tiempo presente y en tercera persona en lugar de citar textualmente el Testamento. El consentimiento por escrito del fideicomisario para actuar debe estar presentado antes de la audiencia.
  • No obtener un Certificado de autorización de la Junta de Impuestos de Franquicias si el valor del patrimonio supera el $1,000,000 y se distribuyen bienes de al menos $250,000 a no residentes.
  • No se alega si el representante actuaba bajo la Ley de Administración Independiente de Patrimonios (AIEA, por sus siglas en inglés), ni se indican específicamente las operaciones realizadas conforme a la AIEA.
  • No se establece la disposición de los bienes en caso de que un heredero, legatario o receptor muera antes de la distribución del patrimonio.
  • No cumplir con las disposiciones de las secciones 11900 a 11904 (en inglés) del Código Testamentario sobre la intención de reversión de la propiedad al estado o la distribución a un heredero, legatario o receptor desaparecido.
  • No entregar la declaración conforme a las secciones 13100-13115 (en inglés) del Código Testamentario para su presentación antes de la audiencia sobre la petición, si la distribución debe realizarse conforme a dichas secciones del código.
  • No respetar las reglas locales sobre distribución a menores.
    • Presente las declaraciones de la sección 3401 o 3413 (en inglés) del Código Testamentario antes de la audiencia.
    • Si se requiere una tutela del patrimonio, indique el nombre del tutor y el número de caso de la acción de tutela. Es posible que también se requiera una copia de las cartas de tutela.
    • Si los fondos van a ser colocados en una cuenta bloqueada por un custodio, indique el nombre y la relación del custodio, y el nombre y ubicación del depositario.
  • No solicitar el establecimiento de una reserva de cierre adecuada para las deudas fiscales adeudadas o contingentes, los reclamos de los acreedores o los costos de cierre (por ejemplo, certificación y acta de fallo final).
  • No incluir una cláusula ómnibus para propiedad descubierta posteriormente.
  • No presentar una propuesta de Fallo de distribución final a la corte.

Una vez completada y firmada, tendrá que obtener una fecha de audiencia del secretario del calendario judicial testamentario y presentar la Petición en la corte. 

Paso 1

Complete la parte delantera y la mitad superior de la parte trasera del siguiente formulario:

  • Aviso de audiencia (Legalización de testamentos) (formulario DE-120, consejo judicial)
Paso 2

Envíe por correo o entregue personalmente el formulario de Aviso de audiencia a cada persona que tenga derecho a recibirlo al menos 15 días antes de la fecha de audiencia. Solo se tiene que enviar por correo el aviso de audiencia (excepto para las personas que hayan presentado una Solicitud de aviso especial – también se les tiene que dar una copia de la petición), pero se recomienda firmemente que también se envíe por correo una copia de la petición a todos los que reciben el Aviso de audiencia. Nota: No puede enviar ni entregar los documentos usted mismo --pídale a otra persona que haga el envío o la entrega por usted. Se tiene que dar el Aviso a:

  • Cualquier representante personal no demandante;
  • Todas las personas que han solicitado aviso especial;
  • Cada heredero conocido o legatario afectado por la petición;
  • El fiscal general, si alguna parte del patrimonio se revertirá al estado de California, y su interés se vería afectado por la petición; y
  • Cada acreedor cuyo reclamo sea concedido o aprobado, pero no haya sido pagado, si el patrimonio es insolvente.
Paso 3

Haga que la persona que envió por correo el Aviso de audiencia firme la Prueba de entrega por correo en la parte trasera del formulario. Presente el Aviso de audiencia original con la Prueba de entrega por correo completada al secretario testamentario encargado.

El Fallo de distribución final propuesto debe presentarse a la corte al menos 10 días antes de la audiencia (pero preferiblemente en el momento en que se presenta la Petición de distribución final). El Fallo tiene que seguir el contenido de la Petición de distribución final y debe ser muy específico en cuanto a los herederos y beneficiarios que recibirán la propiedad del patrimonio y su porcentaje o interés específico en cada elemento. Cada bien debe enumerarse en detalle, como se describe en el Inventario y la Tasación. Después de que el Fallo haya sido aprobado por el juez y firmado, se debe obtener por lo menos una copia certificada para los expedientes del representante personal y para el acta, si el patrimonio incluía bienes inmuebles.

El representante personal tiene que obtener el recibo de las personas que reciben propiedad del patrimonio. En el caso de bienes inmuebles, el representante personal deberá registrar una copia certificada del Fallo de distribución final en el condado en el que se encuentra el bien inmueble. El acta de la orden se considera un recibo del beneficiario por la propiedad. Se debe exigir un Recibo de distribución de cada beneficiario en el momento en que se le distribuye la propiedad bajo una orden de distribución final. Cada recibo debe presentarse en la corte antes de presentar una petición de descarga final.

La distribución de los bienes patrimoniales de conformidad con la orden de la corte da derecho al representante personal a la descarga total con respecto a la propiedad incluida en la orden. Un decreto de descargo protege al representante personal de posteriores demandas por presuntas faltas durante el período de administración.

Hasta que no se dicte una orden de descarga del representante personal, la administración del patrimonio no se ha completado y la corte sigue teniendo poder sobre el representante personal a los efectos de requerir la ejecución de sus órdenes.

Cuando el representante personal haya cumplido con los términos del Fallo de distribución final y haya presentado los recibos correspondientes, el representante personal, a petición ex parte, presentará una Afirmación de descarga final. Después de la descarga, el representante personal debe notificar al Servicio de Impuestos Internos y a la Junta de Impuestos de Franquicias que ya no actúa como fiduciario del patrimonio.

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